Cerveza artesanal entrará a categoría de turismo estatal

La Comisión de Desarrollo Económico y Comercio Binacional de la XXIII Legislatura, que preside el diputado Juan Carlos Rábago Reynoso, aprobó el proyecto de dictamen que reforma el artículo 46 de la Ley de Turismo del Estado de Baja California, con la finalidad de incluir a los establecimientos dedicados a la producción y venta de cerveza artesanal, dentro de la categoría de Turismo Estatal.

En el uso de la voz el presidente de esta Comisión Legislativa dio la bienvenida a los diputados integrantes y cedió al representante de la Consultoría legislativa la exposición del proyecto en cuestión.

En ese sentido, dijo que la propuesta es acorde a lo establecido por el artículo 15 de la multicitada ley, ya que en ese dispositivo se establece que los Estados y Municipios, estimularán y promoverán entre la iniciativa privada y el sector social, la creación y fomento de cadenas productivas y redes de valor en torno a los desarrollos turísticos nuevos y existentes, con el fin de detonar las economías locales y buscar el desarrollo regional.

Asimismo, expuso que la reforma es acorde con lo previsto en el artículo 2, fracción XV de la Ley General de Turismo, en el sentido de que todas las modalidades turísticas se considerarán como un factor de desarrollo local integrado, apoyando el aprovechamiento de las actividades propias de las comunidades, así el turismo cervecero es una modalidad que abona al cumplimiento de este objetivo.

Agregó que por ello es necesario establecer lo que cita la Ley de Turismo del Estado, respecto a lo que debe de entenderse como Turismo Estatal; para lo cual en su artículo 45 la establece como aquella categoría de turismo que requiere de bienes y servicios turísticos especializados para la realización de actos culturales, negocios, convenciones o de salud.

Mencionó que el incluir a los cerveceros, dentro de la rama de Turismo Estatal, implicaría un gran avance para el sector, además de un gran respaldo gubernamental, ya que en diversos preceptos dentro de la propia ley establece al desarrollo del Turismo Estatal como prioritario para la Entidad, con lo anterior es que la dependencia del Ejecutivo estatal responsable del ramo turístico debe impulsar de manera prioritaria, coordinando, elaborando y promoviendo los programas necesarios, tomando en cuenta las necesidades y características específicas de cada grupo turístico.

Para lo anterior la dependencia estatal promoverá la celebración de convenios de colaboración con las dependencias y entidades federales, estatales y municipales, así como con los Organismos Turísticos Locales y prestadores de servicios turísticos, con el objeto de fomentar el Turismo Estatal (artículos 48, 49 y 40 de la Ley de Turismo del Estado de Baja California).

Destacó que esta Comisión coincide plenamente con la visión y planteamiento del inicialista, pues esta acción legislativa, se encamina eficazmente a promover e incentivar a un sector productivo y vigoroso el cual genera diariamente una importante cadena productiva y de valor para el Estado.

La iniciativa fue presentada por Oficialía de Partes de esta Soberanía el pasado mes agosto, por el diputado David Ruvalcaba Flores. Reforma aprobada en la Comisión de Desarrollo Económico y Comercio Binacional.

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